Somos el primer Banco del sistema financiero en sumarnos a esta iniciativa de Facturación electrónica para Emitir Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que da cumplimiento a las disposiciones de la Ley de impuesto IVA y el código Tributario.
La Facturación Electrónica consiste en la generación de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que reemplazarán los documentos físicos y que podrán ser consultados en línea.
La facturación electrónica es un proyecto impulsado a través de la Dirección General de Impuestos Interna (DGII) que buscar innovar los procesos de impuestos a través de la representación gráfica de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) en línea con el Ministerio de Hacienda.
Paso 1: Transmisión
Bancoagrícola
Bancoagrícola envía en línea al sistema de Ministerio de Hacienda el comprobante fiscal con la información correspondiente al servicio prestado
Paso 2: Aprobación / Rechazo
Ministerio de Hacienda
Recibe archivo con información requerida en la factura y valida lo siguientes campos obligatorios:
Paso 3: Almacenamiento
Ministerio de Hacienda
Si la transacción es aceptada, Ministerio de Hacienda resguardará el documento tributario en línea.
Paso 4: Representación gráfica
Bancoagrícola
Genera la representación gráfica del DTE en un formato digital del comprobante fiscal que contiene un código QR.
Paso 5: Envío
Bancoagrícola
Envía Documento Tributario a cliente por medio de correo electrónico e.factura@bancoagricola.com
Paso 6: Recepción
Cliente
Recibe documento tributario en correo electrónico.
Paso 7: Consulta
Cliente
Puede consultar en portal WEB Ministerio de Hacienda o en un portal que brindará Bancoagrícola.
En Bancoagrícola continuamos trabajando para contar con la facturación electrónica, lo cual de forma gradual se completará para los siguientes documentos:
La facturación electrónica consiste en la generación de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que reemplazarán los documentos físicos y que podrán ser consultados en línea.
Actualmente en la prestación de servicios por los cuales el banco percibe un ingreso en los canales físicos o electrónicos, tiene la obligación de emitir y entregar en forma física comprobantes Fiscales generalmente conocidos como Factura y Comprobante de crédito Fiscal.
La migración al nuevo proceso de Facturación Electrónica mantiene la obligación de emitir los comprobantes Fiscales, en este caso no de forma física si no electrónica, a través de correos de forma Electrónica / digital que viajarán al Ministerio de Hacienda en línea para su registro y autorización automática.
Para el cumplimiento de esto el Banco debe mantener la información actualizada del cliente, principalmente el correo electrónico donde recibirá el DTE.
Mantener actualizada la siguiente información:
La factura digital es solamente dejar de imprimir el comprobante y enviarlo por correo electrónico; la factura Electrónica, consiste en emitir el comprobante en línea con el Ministerio de Hacienda quien valida y almacena el DTE antes de realizar él envió de la Representación Gráfica y archivo JSON al cliente, por lo cual el podrá revisar en el portal de Administración Tributaria la factura emitida Electrónicamente.
Para dar cumplimiento a la disposición de entregar los documentos tributarios electrónicos (DTE), basta con realizar la entrega al cliente por medio de correo electrónico, no siendo necesaria la impresión de la representación gráfica para efectos y validez fiscal. Además, el banco transmitirá el DTE a la DGII antes realizar la entrega a los clientes.
La información del correo electrónico por medio del cual recibirá la Representación Gráfica y el archivo JSON es la siguiente:
El archivo JSON es el documento digital que almacena la información del comprobante fiscal de forma organizada para que sea interpretado por los sistemas. Éste se transfiere en línea al Ministerio de Hacienda para la obtención del sello de recepción del Documento Tributario Electrónico y su almacenamiento.
El cliente puede solicitar al banco la corrección del comprobante en un plazo no mayor a 90 días después de haberlo recibido. Bancoagricola notificará a los clientes que el DTE anterior ha sido invalidado y sustituido, según el caso que corresponda.
Los documentos electrónicos transmitidos que no cumplan con las especificaciones de control que realizará la Administración Tributaria, tendrán que ser corregidos o subsanados dentro de los tres días siguientes de comunicado el motivo de rechazo u observación, por lo que, en caso no sean corregidos oportunamente no se tendrán por recibidos por la Administración Tributaria.